*El objetivo es garantizar la autonomía en sus funciones y desarrollo esencial de la institución.
Morelia, Mich, 02 de diciembre de 2020. – El Pleno de la LXXIV Legislatura del Congreso de Michoacán, aprobó declarar el ha lugar para admitir a discusión a la iniciativa por la que se reforma la Constitución Política del Estado propuesta por el diputado Ángel Custodio Virrueta García, con el objetivo de proteger la garantía procesal de los magistrados y consejeros del Poder Judicial, a fin de garantizar la autonomía en sus funciones y desarrollo esencial de la institución.
Con esta propuesta, se instaura de nuevo la figura de la declaratoria de procedencia para los magistrados y consejeros del Poder Judicial de la entidad, con la que se protege al servidor público que desempeña funciones vitales dentro del Estado, respecto de acusaciones que pretendan entorpecer sus funciones dentro del marco legal.
Esta reforma impulsada por Ángel Custodio surge luego de que en Michoacán, se quitó dicha figura sin prever un régimen transitorio y normativo para proteger la independencia judicial de los magistrados y consejeros del Poder Judicial, apartándose así del esquema enmarcado por la Constitución Federal.
Estas reformas además eran necesarias para cumplir con los criterios y mandatos establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para proteger la garantía procesal de los magistrados y consejeros del Poder Judicial del Estado, para garantizar una autonomía en sus funciones.
“Con esta propuesta se busca garantizar desde el marco constitucional el respeto a la división de poderes; así como restablecer la garantía procesal de la declaratoria de procedencia -fuero constitucional-, respecto de los magistrados y consejeros del Poder Judicial del Estado”.
Lo anterior ya que la eliminación de dicha figura, se ha advertido que se transgrede con los principios de una declaración previa para proceder penalmente contra el servidor público (magistrados, consejeros del Poder Judicial); derivado a que se afecta el principio de poderes, ya que se interfiere con la garantía que compone el principio de independencia.
Ángel Custodio Virrueta recordó que uno de los criterios emitidos por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respecto del estudio doctrinal de la declaratoria de procedencia, se advierte, que nuestro marco constitucional protege la independencia y autonomía de los Poderes del Estado frente a otro, ya que es necesario que exista un equilibrio de pesos y contra pesos entre estos.
El fuero de jueces y magistrados no es un privilegio, sino una medida para proteger la autonomía e independencia del Poder Judicial, en lo cual coincidieron la mayoría del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al invalidar la reforma a la Constitución de Michoacán que había eliminado la inmunidad procesal a los impartidores de justicia locales.
En la misma, se advirtió que permitir que los impartidores de justicia puedan ser sometidos a proceso, sin un juicio previo de desafuero, los llevaría a posibles chantajes para modificar sus sentencias, además que se afecta significativamente la independencia de los tribunales, pues los expone a presiones externas provenientes del sistema penal, lo que puede dar lugar a que se inhiban en el ejercicio de su función.