Enfermos pueden recibir credencial del INE en su domicilio o en la clínica

*Cualquier familiar debe acudir mostrando un certificado médico que acredite la enfermedad del paciente para poderlo atender, dijo el Vocal del RFE.en Apatzingán.

APATZINGAN, MICH. 24 DE NOV.—- Se está trabajando en la campaña anual intensa, previa al proceso electoral federal 2023-2024, concurrente, por cierto es un proceso importantísimo para nuestro país, pues se elegirán más de veinte mil cargos, por lo que el Registro Federal de Electores está haciendo lo propio para efectos de que toda la ciudadanía obtenga su credencial para votar y para ello se deben tener en cuenta las fechas importantes, como es que el 22 de enero del año próximo es el límite para obtener la mencionada credencial a todas aquellas personas que la hayan perdido, que sea por primera vez, vayan a hacer cambio de domicilio o alguna situación específica, que no sea reposición, pues esa acción se tiene programada hasta el día ocho de febrero del 2024.

En los momentos de mencionar lo anterior el licenciado Benigno Cardona López, Vocal del Registro Federal Electoral del 02 Distrito Electoral Federal con sede en esta ciudad, al ser entrevistado al respecto, agregó que el catorce de marzo de 2024 es fecha límite para que todas las personas que le hayan realizado algún trámite con su credencial, pasen a recogerla, contando para ello con un horario ampliado en las oficinas que funcionan de ocho de la mañana a ocho de la noche, tiempo corrido, así como también se está entregando la credencial para votar a los jóvenes que de aquí al dos de junio cumplan sus 18 años de edad, o sea que los cumplan entre noviembre de este año al dos de junio del año próximo.

Benigno Cardona aseguró que se está trabajando con cita o sin cita, sugiriendo que acudan de cuatro de la tarde a ocho de la noche que es cuando está muy baja la afluencia de ciudadanos que acuden a realizar determinados trámites de los ya mencionados

Asimismo, asentó que el Instituto Nacional Electoral ha sido sensible a esa situación de las personas que están postradas que por alguna enfermedad o impedimento físico no puedan acudir a las instalaciones del INE, por aplicación del artículo 141 de la LEGIPE que mandata el instituto arrime el servicio a la ciudadanía, se está en posibilidades de atenderlos, ya sea en su domicilio o en la clínica donde estén internados.

Cualquier familiar o persona debe acudir mostrando un certificado médico que acredite la enfermedad del paciente para poderlo atender, haciendo notar además que esas personas podrán aplicar su voto anticipado, finalizó.

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